Revocan el procesamiento de Eva Mieri por el ataque a la casa de Josè Luis Espert
La Cámara Federal de San Martín reprochó las decisiones de la jueza Arroyo Salgado y benefició a la intendenta interina de Quilmes; a Alesia Abaigar e Iván Díaz Bianchi; y aseguró que no hay elementos para acreditar los delitos imputados

La Cámara Federal de San Martín revocó los procesamientos y dictó la falta de mérito de la intendenta interina de Quilmes, Eva Mieri, la funcionaria bonaerense Alesia Abaigar y el empleado público Iván Díaz Bianchi en la causa que investiga el ataque al domicilio del exdiputado José Luis Espert en junio del año pasado.
Mieri, Abaigar y Díaz Bianchi habían sido procesados por la jueza Sandra Arroyo Salgado, luego de que comprobara, con chats y otros elementos de prueba, la participación de ellos en la protesta. Pero los jueces Alberto Lugones y Néstor Barral sostuvieron que no está probado que existiera una “agrupación” con fines delictivos; que tapar una letra de la patente no encuadra como un delito; que no hubo amenazas en sentido estricto y que tampoco estaba claro que Mieri tuviera acceso al auto municipal utilizado.
En el expediente quedó acreditado que, junto a otras cuatro personas, Mieri, Abaigar y Díaz Sánchez fueron hasta la casa de Espert en San Isidro a bordo de un vehículo de la municipalidad de Quilmes -con la chapa tapada- y que, con los rostros cubiertos, colocaron un pasacalle con insultos, arrojaron estiércol en la vereda, repartieron panfletos con consignas ofensivas (“Espert sos una mierda, con Cristina no jode”) y se fueron.
Arroyo Salgado detuvo y procesó a Mieri, a Abaigar y a Díaz Bianchi por los delitos de “atentado contra el orden público”, “amenazas agravadas”, “incitación a la persecución u odio contra una persona a causa de sus ideas políticas”, entre otros.
Pero este martes la Sala II de la Cámara de San Martín dio vuelta esa decisión. Sostuvo que, por ahora, no hay suficiente prueba para procesarlos por esos delitos.
“A criterio del Tribunal los elementos probatorios colectados no resultan suficientes para confirmar los procesamientos de Alesia Abaigar, Eva Carina Alejandra Mieri e Iván Nicolás Díaz Bianchi, motivo por el cual se revocará el auto apelado y se dispondrá la falta de mérito para ordenar sus procesamientos o sus sobreseimientos”, indicaron.
La Cámara de San Martín le hizo dos reproches a la jueza Arroyo Salgado. Uno, haber enmarcado los hechos en “un clima generalizado de hostilidad hacia funcionarios públicos, jueces, fiscales, representantes de grupos políticos”.
“La labor jurisdiccional debe -dijeron los jueces- ceñirse a los hechos objeto del proceso, puesto que son ellos -y no otros- los que delimitan el marco sobre el cual se encuentra habilitado el juez, como tercero imparcial, para resolver el caso”, dijeron los jueces.